Carta a los mercados mayoristas de la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER) sobre la revisión del Reglamento REMIT

abril 22, 2024

La CNMC ha informado a los agentes de los mercados mayoristas de la energía de la publicación de una carta de ACER. La misma se refiere a las implicaciones de la revisión del reglamento REMIT (Reglamento (UE) 2024/1106) en lo relativo a la comunicación de datos REMIT y a las obligaciones de notificación. La revisión busca mejorar la protección de empresas y ciudadanos frente a los posibles abusos en los mercados mayoristas de la energía.


REMIT es la normativa de la UE que permite supervisar la transparencia e integridad de los mercados mayoristas de electricidad y gas. Trata de prevenir prácticas que afecten a estos mercados, como su manipulación o el uso de información privilegiada.

Tanto la CNMC, como ACER, consideran importante garantizar el correcto funcionamiento de los mercados mayoristas de energía. Asimismo, una formación justa de los precios que generen confianza en los mismos. La supervisión de la Unión Europea, así como la protección frente al abuso del mercado, son especialmente relevantes y han de adaptarse al marco actual.

El Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron el 29 de febrero y el 18 de marzo, respectivamente, la revisión del Reglamento REMIT. Entrará en vigor el 7 de mayo de este 2024. El mismo introduce nuevas medidas para mejorar la protección de la UE, sus empresas y ciudadanos del abuso de mercado.

ACER y el Reglamento REMIT

ACER va a seguir proporcionando aclaraciones adicionales sobre la correcta interpretación del reglamento REMIT. Lo hará mediante la actualización de las guías existentes y la publicación de otros documentos. En concreto, tras la publicación prevista por parte de la Comisión Europea de los actos de implementación de REMIT.

Sin embargo, con la carta pretende responder a las preguntas más frecuentes relacionadas con las nuevas obligaciones de reporte y notificación introducidas en la revisión. En particular, sobre los siguientes asuntos:

  • Cambios en la definición y obligaciones para los mercados organizados (OMP).
  • Reporte de contratos para el almacenamiento de gas y electricidad.
  • Reporte de los contratos de los mercados de balance.
  • Reporte de la exposición en el mercado, de acuerdo con la revisión del artículo 8.1.
  • Cambios en la definición de productos energéticos al por mayor.
  • Notificación del uso de negociación algorítmica y acceso directo a mercado.
  • Obligaciones para los participantes de terceros países.
  • Nuevos actos delegados sobre las plataformas de información privilegiada (IIPs) y los servicios de comunicación (RRMs).
  • Cambios en la definición y obligaciones de las personas que realizan y ejecutan operaciones a título profesional (PPAETs).

La carta de ACER está dirigida a todos los sujetos involucrados en el proceso de comunicación de datos REMIT. Asimismo, para quienes dicho Reglamento establece obligaciones de notificación.

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Fuente: Energy News
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