Comunidades energéticas: nada más, nada menos
La Unión Europea aprobó en los años 2018 y 2019 dos directivas que contienen dos definiciones: la de comunidad de energías renovables y la de comunidad ciudadana de energía. España aún no ha traspuesto ninguna de esas dos directivas, y en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico están trabajando con la denominación “comunidades energéticas locales”. En tanto llega la trasposición y se aclaran las formas y figuras jurídicas a las que habrán de acogerse, las comunidades energéticas ya están viendo la luz aquí. Por todas partes. Buscando horizontes, definición, forma. Estos son algunos ejemplos.
Fuente: Energías Renovables
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