Control dinámico de tensión: la nueva misión que Red Eléctrica encomienda a las renovables

octubre 29, 2025

Red Eléctrica ha probado en las últimas semanas la habilitación de las primeras renovables que prestarán servicio de control dinámico de tensión, en línea con el nuevo P.O. 7.4. solicitado por el operador del sistema en 2020 y aprobado por la CNMC el pasado mes de junio. El objetivo de estas pruebas es que las instalaciones renovables estén listas para prestar el servicio en el momento en el que se notifique a Red Eléctrica.

Desde Red Eléctrica señalan que se mantienen a disposición de los agentes y del resto de plantas renovables, a los que invita a realizar sus solicitudes para ser habilitados para participar en el nuevo P.O. Por el momento, el ritmo de solicitudes todavía es bajo: se han presentado 168 solicitudes, de las que 125 corresponden a instalaciones renovables no gestionables. Del total, 24 están listas para comenzar las pruebas. Las restantes, o no son hábiles para seguir la consigna de tensión o bien están todavía en fase de completar la documentación necesaria.

De igual manera, se han presentado solicitudes por parte de centrales de generación convencional como ciclos o hidráulicas, que tienen la obligación de prestar servicio de control dinámico de tensión en su modalidad básica. Es por ello que el proceso prioriza la entrada de renovables no gestionables, ya que ahora mismo son las únicas que pueden ofrecer nuevos recursos al sistema.

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Entrada de renovables al servicio de control dinámico de tensión

Red Eléctrica destaca que, entre los beneficios de la participación de las renovables en este nuevo servicio, figura prioridad de despacho y la posibilidad de reducir las rampas máximas de cambio de su producción.

renovables

La normativa del nuevo P.O. establece en su normativa que, para su habilitación, las instalaciones renovables han de acreditar su capacidad técnica para controlar la tensión en dos modos:

  • Mediante consignas de reactiva
  • Mediante consignas de tensión

La última modalidad, el seguimiento de consigna de tensión en tiempo real, ofrece flexibilidad  hace posible que las instalaciones respondan a las variaciones rápidas de tensión que pueden producise en el sistema eléctrico, actualmente en plena transformación.

Muchas instalaciones renovables, que actualmente deben seguir una consigna de factor de potencia, tienen la obligación normativa de disponer de capacidad técnica para seguir consignas de tensión, con lo que se espera contar con recursos adicionales en el sistema en el corto plazo.

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Red Eléctrica asegura en su comunicado que los niveles de tensión no han aumentado. Señala que los valores medios eran más altos hace años, pero que con la puesta en servicio de elementos de control de tensión en la red de transporte, los valores actuales son menores. Lo que sí ha aumentado es la variabilidad de las tensiones, un aspecto que debe ser controlado por los generadores que aportan al sistema un control de tensión efectivo.

Por otro lado, respecto a la regulación de tensión, Red Eléctrica explica que ha trabajado y se ha adelantado siempre con medidas para modernizar el sistema y adaptarlo a las necesidades presentes y futuras. Ejemplo de ello es que, en 2020, propuso la modificación del P.O. 7.4 vigente hasta el pasado mes de junio con el objetivo de aumentar el volumen de recursos en el sistema capaces de realizar un seguimiento de consignas de tensión.

El operador del sistema explica también que, actualmente, las centrales de generación que participan en el servicio de control de tensión han de tener una capacidad para aportar o absorber potencia reactiva del 30% respecto a su potencia máxima. Con ello, señalan, se aporta suficiente potencia reactiva para su reacción a las variaciones de tensión en el sistema.

Con respecto a las capacidades de las centrales convencionales para prestar el servicio de control de tensión, Red Eléctrica señala que no tiene constancia de que los reguladores hayan emitido exenciones que permitan prestar el servicio por debajo del mínimo establecido en la normativa.

En cuanto al apagón del pasado 28 de abril, explican que no hubo una falta de capacidad de reactiva programada en el sistema, sino que la misma no fue activada por los generadores en el momento en el que el sistema lo precisaba. Como establece la normativa, indican, su aportación al sistema hubiera reducido la dinámica de variación de tensión que se produjo. No obstante, subrayan que ha quedado demostrado que los grupos no alcanzaron mayoritariamente el valor mínimo legalmente obligatorio, con respuestas lentas o insuficientes a la variación que desencadenó el apagón.

Respecto al límite de tensión en la red, fijado en 435 kV por la regulación española desde 1998, creen que un cambio a un valor máximo de 420 kV daría como resultado un cambio estructural. Así, su aplicación en el sistema actual multiplicaría los costes asociados a las restricciones técnicas y no se podría garantizar que, con los recursos disponibles ahora, este valor no fuera superado.

Por último, señalan que el servicio de control de tensión mediante consignas de reactiva no aporta al sistema flexibilidad de adaptación a variaciones rápidas de tensión, por lo que se necesita que las instalaciones puedan controlar también tensión en modo de consigna de tensión.

 

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Fuente: Energy News
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