El Gobierno modifica el Estatuto del Consumidor Electrointensivo adaptándolo a las nuevas directrices europeas
El Consejo de Ministros ha aprobado la adaptación, mediante Real Decreto, del Estatuto del Consumidor Electrointensivo. Lo ha adaptado a las nuevas directrices europeas sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía. Con esta modificación, el número de empresas potenciales beneficiarias pasarían de las 612 actuales, según Red Eléctrica, a 1.180 entidades.
El Estatuto, aprobado a finales de 2020, da a determinadas empresas industriales de un marco jurídico y económico. Concretamente, a aquellas para las que el coste del suministro eléctrico resulta especialmente crítico. El estatuto aporta seguridad y certidumbre de los costes energéticos, mejorando la competitividad internacional.
Héctor Gómez, ministro de Industria, ha explicado:
“Con la modificación que aprobamos hoy del Estatuto del Consumidor Electrointensivo reforzamos la política industrial de España y mejoramos la competitividad de la gran industria, favoreciendo la inversión industrial al contar con un marco normativo que refuerza el reconocimiento a estos consumidores, con nuevos requisitos que ofrecen mayor estabilidad, seguridad y certidumbre del precio de la energía de acuerdo con la normativa comunitaria”.
Esta modificación del Estatuto del Consumidor Electrointensivo viene a reforzar las ayudas a los sectores industriales. Ya hay una nueva convocatoria de ayudas para compensar las emisiones indirectas de CO2 dotada con 244 millones de euros.
Novedades del Estatuto del Consumidor Electrointensivo
El Estatuto del Consumidor Electrointensivo regula dos mecanismos de mitigación de los costes energéticos:
– Compensación de los costes derivados de la financiación del apoyo a la energía procedente de fuentes renovables, cogeneración de alta eficiencia y del extracoste de generación en territorios no peninsulares. Estos costes se financian a través de los cargos de la factura eléctrica.
– Mecanismo de cobertura de riesgos derivados de la adquisición de energía eléctrica a medio y largo plazo por consumidores electrointensivos. Se hace a través del Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas (FERGEI).
Las modificaciones afectan a la caracterización del consumidor electrointensivo que realiza el Estatuto. Pero también al primero de los mecanismos de mitigación que contempla (el de compensación de cargos). Asimismo, se ha aprovechado para introducir cambios de mejora técnica del procedimiento que no derivan de las citadas directrices europeas.
Sectores, uso de electricidad y ayudas
– Respecto a los sectores subvencionables, se amplía el catálogo y sectores que se pueden acoger a esta figura. Así, las industrias extractivas (excepto la extracción de hulla, antracita y gas natural). Además, los sectores manufactureros, para fomentar la disponibilidad autóctona de materias primas.
– Las nuevas directrices europeas modifican a la baja el valor de la intensidad de uso de la electricidad. Lo fijan en el 5% en lugar del 10% anterior. Esto implica que los consumidores electrointensivos deberán tener un cociente (durante al menos dos de los tres años anteriores) entre el consumo anual de electricidad y el valor añadido bruto de la instalación correspondiente al punto de suministro superior a 0,25 kWh/€, umbral que ya incorpora el aumento del precio de la electricidad durante el año 2022 (originalmente 1,5 kWh/€). Esto permitirá que más empresas sean elegibles.
– Se establece la obligación de realizar las inversiones en eficiencia energética económicamente rentables de acuerdo a las nuevas Directrices europeas.
– También se debe modificar la metodología para el cálculo de la ayuda. Las directrices distinguen entre dos tipos de sectores que pueden acceder a estas ayudas:
-
- Sectores “en riesgo significativo” de deslocalización. La intensidad de la ayuda máxima para éstos se mantiene en el 85% de los costes subvencionables;
- Sectores “en riesgo” de deslocalización. La intensidad de ayuda máxima para éstos es del 75% y puede llegar al 85% si se cumplen ciertas condiciones.
Se añade la posibilidad de conceder una ayuda adicional por encima del 85% a aquellas instalaciones especialmente electrointensivas bajo ciertas condiciones.
Otras novedades
– En caso de que un consumidor electrointensivo pierda su certificación por incumplimiento de los requisitos, podrá solicitar una nueva certificación una vez que haya transcurrido un año desde la pérdida de dicha condición.
– Se modifica el umbral mínimo de la proporción del consumo anual de electricidad que debe ocurrir durante las horas valle. El nuevo requisito de consumo de energía en valle se fija en el 46% (anteriormente fue del 50%). Además, se suspende su exigencia respecto al consumo del ejercicio 2022.
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Fuente: Energy News
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