Los instaladores reclaman al Gobierno que autorice su actividad durante el estado de alarma

marzo 18, 2020


En el Real Decreto, por el que se declara el estado de alarma por el COVID-19, en su artículo 17, se indica que: “Las autoridades competentes delegadas podrán adoptar las medidas necesarias para garantizar el suministro de energía eléctrica, de productos derivados del petróleo, así como de gas natural».
Fuente: Energética21 – Eólica
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