La CNMC sanciona a Orange por impedir el cambio de compañía a 525 clientes


El organismo regulador de la competencia ha recordado en un comunicado que la portabilidad (el cambio de operador manteniendo el mismo número de teléfono) es un derecho esencial de los usuarios y que “es el operador, en este caso Orange, el que se encuentra obligado a no realizar actuaciones que retrasen la portabilidad o a no utilizar causas que no corresponden para denegar portabilidades”.
La CNMC indica que en el análisis de los datos de portabilidad ha detectado que Orange rechazó una de cada cinco portabilidades en 2013, lo que la situó ese año por detrás de ONO como la operadora que más portabilidades ha rechazado.
Ya en 2014 Orange fue la operadora que denegó un mayor número de portabilidades, casi el 16%.
Orange ha alegado la causa denominada “línea inactiva”, una causa que se emplea para solicitudes de portabilidad de clientes que se habrían dado previamente de baja, en un 17% de los rechazos de portabilidad.
La CNMC ha determinado que Orange impidió de forma injustificada y reiterada las portabilidades de 525 clientes y ha afirmado que la compañía “llevó a cabo esta conducta infractora durante un período de tiempo considerable, entre el 4 de enero de 2013 y el 9 de diciembre de 2014″.
Contra la resolución del organismo regulador de la competencia no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.
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Fuente: Agencia EFE Empresas
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