Los bancos tendrán que tributar por los activos fiscales diferidos (DTA)


Según han explicado en un comunicado los Ministerios de Economía y Competitividad y de Hacienda esta decisión ha sido tomada de forma conjunta con el Banco de España y la Comisión Europea.
En 2013, el Gobierno modificó la normativa reguladora del Impuesto sobre Sociedades para establecer la independencia de determinados DTA de la evolución de la entidad al prever que estos pudieran convertirse en activos de créditos fiscales en caso de pérdidas, insolvencia judicialmente declarada y liquidación.
El ministerio ha destacado que con esta norma “fortalece su solvencia” al evitar que el régimen fiscal pueda crear distorsiones, en el caso de las entidades de crédito.
Asimismo, en el comunicado se pone de relieve que la norma “facilita” que éstas puedan continuar contribuyendo a la recuperación económica facilitando el crédito a empresas y familias.
Evitar incertidumbres
Esta reforma encaminada a eliminar “cualquier incertidumbre sobre la incompatiblidad” del tratamiento tributario de los activos fiscales con la legislación comunitaria es el resultado del diálogo de ambos ministerios con Administraciones Públicas, el Banco de España y la Comisión Europea.
Por otro lado, el Gobierno señala que si los beneficiarios de la garantía “hubieran pagado menos impuestos” entre los años 2008 y 2015 que el valor de esos DTA garantizados, deberán abonar una prestación patrimonial anual en favor del Estado del 1,5% de la diferencia entre ambos importes.
Y a partir del ejercicio 2016, sólo se garantizarán aquellos DTA que cumplan los mismos requisitos que en la norma de 2013 pero con un límite que depende del Impuesto sobre Sociedades pagado.
 
 
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Fuente: Agencia EFE Empresas
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