Se prorroga hasta octubre el plazo para renovar el bono social eléctrico

Titular: Se prorroga hasta octubre el plazo para renovar el bono social eléctrico
Subtitular:

Los beneficiarios del anterior bono social de electricidad dispondrán de seis meses más para solicitarlo

El nuevo bono social está basado en criterios de renta para que puedan acceder los consumidores que realmente más lo necesiten

Contenido: El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital está tramitando una propuesta de orden ministerial, que se ha enviado al BOE para iniciar la audiencia pública y está ya disponible en la página web del Ministerio, donde se clarifican determinados aspectos de los formularios de solicitud del bono social, tras las consultas recibidas por usuarios y comercializadoras en esta materia. En consecuencia, queda prorrogado durante seis meses más el plazo para que los consumidores acogidos al anterior esquema puedan solicitar su inclusión en el nuevo bono social.

Con esta prórroga de seis meses, los consumidores que actualmente estén acogidos al anterior bono social seguirán disfrutando hasta octubre de un descuento en sus facturas, pudiendo acogerse al nuevo bono social según su nivel de renta y circunstancias personales.

Descuentos y consumidores que pueden acogerse al nuevo bono social.

1) Los consumidores serán considerados como vulnerables y tendrán un 25% de descuento en su factura si cumplen los siguientes requisitos:

– La renta anual de la unidad familiar sea inferior a unos determinados umbrales, que varían en función del tamaño del hogar. El umbral se incrementará para el caso de personas con discapacidad, para víctimas de violencia de género o de terrorismo.

– Los hogares formados por pensionistas con pensiones mínimas y todas las familias numerosas también serán considerados consumidores vulnerables.

2) El descuento se amplía hasta el 40% para los consumidores vulnerables severos, que serán aquellos cuya renta familiar sea inferior a la mitad de los umbrales establecidos para los consumidores vulnerables.

Para acogerse al nuevo bono social, los consumidores deberán presentar una solicitud ante su actual empresa comercializadora, pudiendo hacerse por teléfono, fax, correo postal, correo electrónico, en la web de la propia empresa comercializadora o en sus oficinas. Además, no resulta necesario presentar la declaración de la renta, al poderse verificar la información a través de una aplicación informática de la Agencia Tributaria.

Toda la información sobre el bono social puede consultarse en: http://www.minetad.gob.es/energia/bono-social/Paginas/bono-social.aspx

 

Fecha: jueves, 22 de marzo de 2018


Fuente: Notas de prensa MINETAD
Enlace a la noticia: Se prorroga hasta octubre el plazo para renovar el bono social eléctrico

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies